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Bonificaciones a la contratación

La Seguridad Social ofrece ayudas a la contratación de trabajadores que consisten en bonificaciones de las cuotas empresariales. Normalmente este tipo de ayudas son por la contratación de trabajadores en situación de desempleo.

Conoce el abanico de bonificaciones 2016 tras la aprobación de la reforma laboral, las medidas de estabilidad presupuestaria y la tarifa reducida para contratos indefinidos, aprobada en febrero de 2015, así como de la tarifa plana de 500 euros de cotización por contingencias comunes a la Seguridad Social para la contratación indefinida de marzo de 2015 y vigente hasta agosto de 2016.

¿En qué consisten las ayudas a la contratación?

La Seguridad Social ofrece un amplio abanico de ayudas a la contratación de trabajadores que consisten generalmente en bonificaciones de las cuotas empresariales a la seguridad social que conlleva la contratación de determinados tipos de trabajadores, normalmente en situación de desempleo.

Dada la variedad de opciones existentes y los requisitos específicos de cada caso, te recomendamos que siempre que vayas a contratar a un trabajador, solicites a tu asesor laboral un análisis detallado de las posibilidades de conseguir incentivos y bonificaciones.

En la práctica sólo una pequeña parte de los contratos de trabajo disfrutan de este tipo de incentivos.

En Infoautónomos hemos actualizado el cuadro resumen con las modalidades que consideramos más significativas tras las novedades aprobadas en los últimos años.

Veamos a continuación las bonificaciones más significativas vigentes en 2016:

Bonificaciones 2016 a la contratación indefinida

  • Tarifa reducida de 500 euros para la contratación indefinida: consiste en una bonificación por la que están exentos de cotización por contingencias comunes a la Seguridad Social durante 24 meses los primeros 500 euros de sueldo de cada trabajador contratado bajo la fórmula de contrato indefinido. Vigente hasta el 31 de agosto de 2016. Por ejemplo para contratar a un mileurista supone aproximadamente 118 euros de bonificación.
  • Personas desempleadas de hasta 30 años con contrato de fomento de emprendedores: 1.000 € el primer año, 1.100 € el segundo y 1.200 € el tercero, cantidades que se incrementarán en 100 €/año para mujeres contratadas en sectores donde se encuentran subrepresentadas.
  • Personas desempleadas mayores de 45 años con contrato de fomento de emprendedores: 1.300 € anuales durante 3 años y 1.500 € en el caso de mujeres contratadas en sectores donde se encuentran subrepresentadas.
  • Personas discapacitadas: bonificación de las cuotas que oscilará entre 4.500 y 6.300 €/año dependiendo de sexo, edad y grado de discapacidad. La contratación por un centro especial de empleo conlleva una bonificación del 100% de las cuotas empresariales por todos los conceptos.
  • Personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil: 300 €/mes durante 6 meses, hasta un total de 1.800 euros.
  • Personas en situación de exclusión social: 600 €/año durante 4 años. De carácter indefinido.
  • Víctimas de la violencia de género: 1500 €/año durante 4 años. De carácter indefinido.
  • Víctimas del terrorismo: 1.500 €/año durante 4 años. De carácter indefinido.

Bonificaciones 2016 a la contratación temporal

  • Jóvenes desempleados inscritos en el paro (en la oficina de Empleo), contratados para la formación y el aprendizaje: Reducción del 75 % o del 100 % de las cuotas del empresario. De carácter indefinido.
  • Temporal para personas con discapacidad: bonificación de las cuotas que oscilará entre 3.500 y 5.300 €/año dependiendo de sexo, edad y grado de discapacidad. Vigencia de carácter indefinido.
  • Trabajadores en situación de exclusión social: 500 €/año durante la vigencia del contrato.
  • Víctimas de la violencia de género o doméstica: 600 €/año durante la vigencia del contrato.
  • Víctimas del terrorismo: 600 €/año durante la vigencia del contrato.
  • Contratos de interinidad para sustituir a trabajadores en diversas situaciones (riesgo durante el embarazo, maternidad, lactancia, paternidad, trabajadoras víctimas de violencia de género…): 100% de las cuotas empresariales del interino y del trabajador sustituido durante el periodo de sustitución.
  • Contratos de interinidad con discapacitados para sustituir a trabajadores discapacitados: 100 % de la cuota empresarial por contingencias comunes durante el periodo de sustitución.

Bonificaciones 2016 a la transformación en indefinidos de contratos temporales

  • Contratos de prácticas, relevo o sustitución en empresas de menos de 50 trabajadores: 500 €/año para hombres y 700 €/año para mujeres durante 3 años.
  • Contratos para la formación y el aprendizaje celebrados con anterioridad a la entrada en vigor del decreto 10/2011 : 1.500 €/año para hombres y 1.800 €/año para mujeres durante 3 años.
  • Personas discapacitadas: se aplicará el mismo régimen que en las contrataciones indefinidas iniciales.